Real Decreto 667/2015, de 17 de julio, por el que se modifica el Reglamento General de Circulación, aprobado por el Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, en lo que se refiere a cinturones de seguridad y sistemas de retención infantil homologados
La Directiva de ejecución 2014/37/UE de la Comisión, de 27 de febrero de 2014, ha modificado la Directiva 91/671/CEE del Consejo, relativa al uso obligatorio de cinturones de seguridad y dispositivos de retención para niños en los vehículos.
Esta reforma responde, por una parte, a la conveniencia de incluir en la norma comunitaria una referencia a que todos los dispositivos de retención para niños que se utilicen a bordo de los vehículos deberán estar homologados, bien de acuerdo con las normas del Reglamento CEPE/ONU 44/03, único vigente hasta entonces, o bien con las normas del Reglamento CEPE/ONU 129, que entró en vigor el 9 de julio de 2013, introducido por la citada Directiva de ejecución 2014/37/UE de la Comisión, de 27 de febrero de 2014, en el que se recogen las últimas mejoras técnicas que deben cumplir esos dispositivos, disposición que ya se viene aplicando al haberse incorporado a nuestro ordenamiento a través de la normativa de industria que regula esta materia.