Modificación de la Ordenanza de Seguridad y Convivencia del Ayuntamiento de Huesca.

 Modificación de la Ordenanza de Seguridad y Convivencia del Ayuntamiento de Huesca.

MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA DE SEGURIDAD Y CONVIVENCIA DEL AYUNTAMIENTO DE HUESCA -

 

Modificar el artículo 170 de la Ordenanza de Seguridad y Convivencia del Ayuntamiento de Huesca para adaptarlo a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que quedará redactado en los siguientes términos: “Reconocimiento de la responsabilidad y rebaja de la sanción.-

1. Las personas denunciadas pueden asumir su responsabilidad mediante el pago de las sanciones de multa, con una reducción de la sanción del 50% si el pago se hace efectivo en cualquier momento anterior a la resolución.

2. El pago del importe de la sanción de multa implicará la terminación del procedimiento y el desistimiento o renuncia de cualquier acción o recurso en vía administrativa contra la sanción.

3. El pago de la sanción no afectará a la reposición de la situación alterada o a la determinación de la indemnización por los daños y perjuicios causados por la comisión de la infracción”. -

Modificar el Anexo I de la Ordenanza 

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